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Transmisiones Telemáticas: Sistema Red – Sistema Delt@

Les recordamos la obligatoriedad de transmitir al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD (INSS) a través del Sistema RED,   los  partes médicos de baja, alta y confirmación, cualquiera que sea su contingencia, esto es, enfermedad común, accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente laboral,  con carácter inmediato y, en todo caso, dentro del plazo máximo de tres días hábiles a partir de su recepción. 

Igualmente les recordamos, que además  los partes de accidente y enfermedad profesional, deberán ser tramitados también a través del sistema Delt@ en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la baja, de la misma manera que  deberán ser tramitados todos los accidentes laborales ocurridos aunque no hayan tenido baja médica, en este caso el plazo se establece en los 5 primeros días hábiles del mes siguiente al accidente.

A partir del 1 de abril de 2018, y de conformidad con la Orden ESS/2014/2018, las empresas también están obligadas a transmitir a través del Sistema RED las comunicaciones relativas a la fecha de inicio de la suspensión del contrato de trabajo a efectos de las  prestaciones por maternidad y paternidad.

Respecto de las prestaciones por riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural y cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, la citada obligación surtirá efectos a partir del día 1 de enero de 2019.

La mencionada Orden incorpora al Sistema RED, de forma obligatoria a los Trabajadores Autónomos  que a fecha 1 de abril  de 2018 se encuentren en alta,  y de  conformidad con la misma,  tienen un plazo de seis meses, (contados a partir del 1 de abril de 2018) para incorporarse a dicho sistema , siempre que no estuvieran ya incorporados al mismo.

Para cualquier duda o aclaración al respecto, como siempre quedamos a su disposición.


15 de Marzo de 2018
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