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Programa de Fomento de Empleo 2018. Colectivo de trabajadores vulnerables. Comunidad Valenciana

Ha sido publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Valencia la Orden y Resolución que regula los programas de fomento de empleo del año 2018, los mismos contemplan subvenciones para la contratación de trabajadores pertenecientes a diferentes COLECTIVOS VULNERABLES.

Pasamos a resumirles los programas correspondientes a la contratación indefinida inicial, la conversión a indefinido de contratos temporales y la contratación en prácticas de trabajadores de estos colectivos que dan lugar al acceso a estas ayudas siempre y cuando no se encuentren dentro de ninguno de los supuestos de exclusión y cumplan todos los requisitos exigidos.

Ámbito de aplicaciónComunidad Valenciana

Fin plazo de solicitud: hasta el 31 de octubre de 2018

Compatibilidad de las ayudas: serán incompatibles con cualesquiera otras que pudieran concederse a las empresas para la misma finalidad, a excepción de las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que pudieran corresponderle según la legislación vigente.

 Conversión en indefinido de contratos temporales de colectivos vulnerables

Los colectivos vulnerables objeto de este programa son:

  • Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.
  • Personas mayores de 50 años.
Jornada: la conversión a indefinido debe ser a jornada completa a excepción de las personas con diversidad funcional severa que si su jornada es igual o superior a 15 horas semanales resultará también subvencionada con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
Cuantía: 9.272,34 euros, si es mujer o persona con diversidad funcional 10.302,60 euros. Si concurre además la condición víctima de violencia sobre la mujer o persona con diversidad funcional severa, el importe ascenderá a 20.605,20 euros.

A tener en cuenta: Entre otros muchos requisitos exigidos por esta norma,  existe la  obligación de mantenimiento del empleo subvencionable y de la plantilla media  al menos durante 24 meses, también el   de aportar en el plazo máximo de un mes tras la finalización del periodo  de mantenimiento del contrato, el informe de la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la plantilla media de la entidad empleadora de las personas trabajadores en situación de alta durante dicho periodo de mantenimiento.

Contrato indefinido inicial de trabajadores pertenecientes a colectivos vulnerables
Los colectivos vulnerables objeto de este programa son:
  • Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.
  • Personas desempleadas de larga duración, entendiendo la norma a estos efectos las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo en los centros SERVEF de empleo de la Generalitat Valenciana durante al menos 360 días en un periodo de 540 días.
  • Personas mayores de 50 años.
Los trabajadores deberán haber permanecido desempleados e inscritos como demandantes de empleo en los centros Servef hasta la contratación
Jornada: completa, a excepción de las personas con diversidad funcional severa que si su jornada es igual o superior a 15 horas semanales resultará también subvencionada con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
Cuantía: 18.544,68 euros, si es mujer o persona con diversidad funcional 19.574,94 euros. Si concurre además la condición víctima de violencia sobre la mujer o persona con diversidad funcional severa, el importe ascenderá a 20.605,2 euros.
Incremento de Plantilla: la contratación deberá representar un incremento neto de plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 30 días naturales anteriores a la celebración del contrato.
A tener en cuenta: entre otros muchos requisitos exigidos, existe obligación de mantenimiento del empleo subvencionable y de la plantilla media al menos durante 24 meses, también de aportar en el plazo máximo de un mes tras la finalización del periodo de mantenimiento del contrato, el informe de la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la plantilla media de la entidad empleadora de las personas trabajadores en situación de alta durante dicho periodo de mantenimiento.
Contrato en prácticas de trabajadores pertenecientes a colectivos vulnerables
Los colectivos vulnerables objeto de este programa son:
  • Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.
  • Personas desempleadas de larga duración, entendiendo la norma a estos efectos las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo en los centros SERVEF de empleo de la Generalitat Valenciana durante al menos 360 días en un periodo de 540 días.
  • Personas mayores de 50 años.

Los trabajadores deberán haber permanecido desempleados e inscritos como demandantes de empleo en los centros Servef hasta la contratación

Jornada: completa, a excepción de las personas con diversidad funcional severa que si su jornada es igual o superior a 15 horas semanales resultará también subvencionada con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

Cuantía: 8242,08 euros, si es mujer o persona con diversidad funcional 8757,21 euros. Si concurre además la condición víctima de violencia sobre la mujer o persona con diversidad funcional severa, el importe ascenderá a 9272,34 euros.

Incremento de Plantilla: la contratación deberá representar un incremento neto de plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 30 días naturales anteriores a la celebración del contrato.

A tener en cuentaentre otros muchos requisitos exigidos, existe obligación de mantenimiento del empleo creado al menos doce meses y de la plantilla media al menos durante 12 meses y de aportar en el plazo máximo de un mes tras la finalización del periodo de mantenimiento del contrato, el informe de la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la plantilla media de la entidad empleadora de las personas trabajadores en situación de alta durante dicho periodo de mantenimiento.

Para cualquier duda, aclaración o si necesitan más información al respecto, quedamos a su disposición.


5 de Septiembre de 2018
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