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La sostenibilidad económica: las empresas deberán mostrar su implicación

Actualmente, el uso del término sostenibilidad es muy habitual. Además, es un concepto tan amplio que parece casi inabarcable por tener efectos económicos, financieros, laborales, sociales y, por supuesto, medioambientales, por tanto, poco se presta a la unificación y la normalización o, al menos, esta no parece, a priori, sencilla.

Directiva de Información no Financiera

Hacia el 2014 fue cuando desde las instituciones europeas se inició la búsqueda del fomento de la transparencia de las empresas en estas materias que hoy llamamos sostenibilidad. Estas iniciativas perseguían aportar información social y medioambiental para un crecimiento sostenible. Para ello, el Parlamento y el Consejo Europeo aprobaron la llamada Directiva de Información no Financiera (NFRD) para que las grandes compañías, además de estar concienciadas en atender la responsabilidad social en su día a día, pasaran a tener la obligación de plasmar este compromiso a la hora de rendir cuentas a sus accionistas. Esta obligación se concretó en España a través del llamado Estado de Información no Financiera (EINF), que nació de la transposición de la Directiva mediante la Ley 11/2018, de 28 de diciembre.

Empresas con mas de 250 empleados

El EINF, vigente en la actualidad en nuestro ordenamiento jurídico afecta a todas aquellas empresas con más de 250 empleados cuyo volumen de negocio supere los 40 millones de Euros o bien que sus activos sean mayores de 20 millones de euros. Cumplido el primero de los requisitos en combinación con uno de los dos restantes, durante dos años consecutivos, estas grandes compañías (en el sentido amplio, puesto que si están integradas en un Grupo que consolide estados financieros será este sobre quien recaiga la obligación), deben elaborar e incorporar al Informe de Gestión que acompaña a sus cuentas anuales, un Estado de Información no Financiera, previa verificación por un prestador independiente de servicios de verificación.

Nueva directiva de Sostenibilidad – CSRD

Hasta aquí, todo parecería estar en orden, pero… volviendo al inicio de este análisis; el término sostenibilidad es tan amplio, y tan diversa la información que se requiere que aborden las empresas obligadas, que el objetivo de transparencia estaba quedando un tanto difuso. Por ello, en 2022 se aprobó una nueva Directiva de Sostenibilidad (Corporate Sustainability Reporting Directive – CSRD). Para acotar las deficiencias detectadas en la anterior y que básicamente se pueden resumir en: ampliación del ámbito de aplicación, regulación de la comparabilidad de la información, y por tanto de su contenido, facilitando con ello su accesibilidad, mediante la presentación en formato electrónico, y por último regulación de las condiciones de verificación para alcanzar una mayor confianza en la calidad de la información.

Para el desarrollo de la Directiva, el pasado mes de julio 2023, se publicó el Reglamento Delegado 2023/2772 que incluye en sus Anexos las Normas Europeas sobre Sostenibilidad (NEIS). El Reglamento y las NEIS, tendrán una aplicación anual progresiva para ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2024, por lo que la primera aplicación efectiva, para emitir los nuevos informes, no será hasta 2025, es decir, en 2024 y al menos hasta el 1 de julio de 2024 (fecha establecida como límite para la transposición en España de esta norma) se produce una coexistencia de normas, por un lado, nuestra Ley que regula el EIFN y por otro la Directiva Europea pendiente de transposición y cuyo alcance todavía se desconoce.

Afrontar con éxito los requisitos de TRANSPARENCIA

Conscientes del impacto en la carga de información y de los procesos a establecer para una adecuada recopilación de la misma y afrontar con éxito los requisitos de transparencia para aquellas empresas, que en 2025 (y siempre a resultas de la transposición nacional de la norma) se verán afectas por la aplicación de las nuevas normas de información sobre sostenibilidad.

Desde GESEM, nuestra recomendación es que todas aquellas compañías que hoy tienen obligación de cumplir con el EINF, comiencen a tomar conciencia de las modificaciones que deben imperar en sus procedimientos internos de gestión de la sostenibilidad… ¡esto es solo el comienzo!

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