Novedades y Noticias

Bonus por baja siniestralidad

El Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre de 2019,  por el que se adoptan medidas en materia  tributaria, catastral y de Seguridad Social, en su Disposición Octava, suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, el conocido como “BONUS POR BAJA SINIESTRALIDAD”,   por lo que para las cotizaciones que se generen durante el año 2020 a solicitar en 2021 no se podrá pedir.

El año anterior ya quedó también suspendido el bonus por baja siniestralidad correspondiente a las cotizaciones generadas durante el año 2019 y que se debía solicitar durante este año 2020, por lo que este año no procede tramitar la solicitud de este bonus por parte de las empresas que se encuentren en dicha situación de baja siniestralidad.

Les recordamos que este “BONUS DE BAJA SINIESTRALIDAD”  fue instaurado en el año 2010 y es un sistema de incentivos de la Seguridad Social, que viene a premiar a aquellas compañías que han disminuido considerablemente la siniestralidad laboral en sus empresas y cumplen los principios de prevención establecidos en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, además de otros requisitos.

No se pierda nada. Suscríbase a nuestra newsletter

Al facilitar su correo electrónico, y tras verificar el mismo, comenzará a recibir en el mismo la Newsletter de GESEM, así como comunicaciones comerciales. Para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, supresión, limitación del tratamiento y portabilidad de los datos, contacte con nosotros en rgpd@gesemconsultoria.com. Más información en la Política de Privacidad.

Últimos artículos