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Les recordamos la obligación de toda Sociedad de presentar sus Cuentas Anuales para su depósito en el Registro Mercantil, dentro del mes siguiente a su aprobación en Junta General. Así pues, si la fecha de la junta en la que se aprueban las cuentas es el 30 de junio de 2024 (para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre), éstas deberán presentarse para su depósito en Registro Mercantil no más tarde del día 30 de julio de 2024. El incumplimiento de esta obligación podrá ser sancionado con multa de 1.202,03 € a 60.101,21 €.
Obligación del uso de la firma electrónica
Como ya les indicamos el año pasado, les recordamos que el Registro Mercantil calificará con DEFECTO todas las certificaciones de aprobación de cuentas que no tengan firma electrónica reconocida, por lo que no será válido el documento con dicha firma escaneada o fotocopiada, ya que en este tipo de documentos, el Registrador, no puede comprobar la validez de dicha firma.
GESEM recomienda…
Por ello, les recomendamos que comprueben que los miembros del Órgano de Administración que vayan a firmar dicho certificado tengan su firma digital en vigor. También, deben tener en cuenta que con esta novedad la fecha de emisión de éste de aprobación valida será la que figure en el propio certificado digital en el momento de la firma electrónica.
Todas aquellas sociedades interesadas en que GESEM gestione el depósito de sus Cuentas Anuales en el Registro Mercantil, deberán ponerse en contacto con nosotros ANTES DEL DIA 5 DE JULIO DE 2024.