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Devolución IVA Soportado en la UE

Les informamos que el próximo 30 de septiembre finaliza el plazo para solicitar la devolución del IVA que su empresa haya soportado durante 2019 en otro país de la Unión Europea.

La solicitud de devolución en cada país no puede ser inferior a 50 € por todo el año 2019. La presentación se efectúa con carácter obligatorio por vía telemática a través de internet mediante la cumplimentación del modelo 360 disponible en la página de la AEAT.

Asimismo les recordamos que también existe la posibilidad de solicitar devoluciones trimestrales durante el año en curso, y en este caso, la solicitud en cada país no podrá ser inferior a 400 €.

Nota:

Según criterio de la Administración, no ejercitar el derecho a la devolución cuando se cumplen los requisitos para ello, sería una liberalidad, y por lo tanto no sería un gasto fiscalmente deducible.

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