Novedades y Noticias
A final de mes finaliza el plazo concedido por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para adaptar las páginas web a las nuevas directrices del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) que se recogen en la última versión de la Guía sobre el uso de cookies del propio organismo de control español.
Las directrices abarcan la problemática de las cookies y clarifican ciertos aspectos en los que actualmente existía cierta controversia, principalmente por la aplicación de la normativa vigente de protección de datos y la LSSI (Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico). En este sentido menciona especialmente las obligaciones de transparencia e información y de obtención del consentimiento expreso por parte del usuario.
En su virtud, quedan sujetas a la obligación de información y de obtención del consentimiento aquellas cookies que traten datos de carácter personal de los usuarios o permitan identificar a los mismos.
En cambio, la AEPD efectúa un listado de cookies en las que no será necesario obtener dicho consentimiento, como, por ejemplo, las cookies que tengan por finalidad: autenticación o identificación de usuario (de sesión), de seguridad del usuario, de reproductor multimedia, etc.
Por todo ello se debe efectuar una revisión de las cookies que utilizan las páginas web y, en especial, la finalidad de estas con el objetivo de identificar si se encuentran ante la obligación de obtención del consentimiento expreso para cumplir con las directrices que la AEPD utilizará, en su caso, para sancionar.