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Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Declaraciones de variación

Cuando los elementos tributarios declarados a efectos de este impuesto (m2, potencias nominales de la maquinaria productiva, etc), tengan una variación al alza o a la baja superior al 20%, ésta se deberá comunicar a la Agencia Tributaria, a SUMA o al Ayuntamiento, según corresponda, en el plazo de un mes desde la fecha que se produjo la misma.

Las mencionadas variaciones tendrán efectos en el ejercicio siguiente al que se comunique. Por tanto, la última comunicación de variaciones del ejercicio se podrá presentar durante enero de 2024, para que surta efectos en la liquidación del IAE de 2024. Hay que consignar en el impreso como fecha de variación el 31 de diciembre de 2023.

Las empresas promotoras que durante el ejercicio 2023 hubiesen tributado por el IAE y hayan efectuado ventas, deberán presentar declaración de los m2 vendidos de terrenos (urbanizados o a urbanizar) y edificaciones (edificados o por edificar), durante enero de 2024 en la Agencia Tributaria, en SUMA o en el Ayuntamiento, según corresponda.

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