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Inconstitucionalidad y nulidad de la plusvalía municipal

El Tribunal Constitucional (TC) acaba de anunciar el fallo de la sentencia que parece poner punto final a un impuesto tan controvertido como ha venido siendo la plusvalía municipal desde hace años.

En la nota publicada ayer por el TC se adelantaba la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que establecen el cálculo de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) -comúnmente conocido como la plusvalía municipal- y que, en la práctica, provocaban que siempre se generase un incremento del valor de los terrenos sujetos a gravamen, aunque dicho aumento de valor no se hubiese producido en la realidad.

¿Qué implicaciones tiene la sentencia del TC?

  • El TC afirma en su nota que el fallo declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de aprobación de la sentencia. No obstante, hasta que no se publique la sentencia del TC no podremos conocer con certeza los efectos que se establecerán en la misma.  
  • En principio, serían intocables todas aquellas liquidaciones notificadas por el Ayuntamiento al contribuyente y no recurridas (en el plazo de un mes), así como aquellas autoliquidaciones presentadas por el contribuyente en los últimos cuatro años que no hubieran sido comprobadas por la Administración.
  • Encontrándonos ante el resto de situaciones no firmes, procedería instar la rectificación de la autoliquidación presentada y devolución de ingresos indebidos, o la impugnación de la liquidación notificada para recuperar el importe de la plusvalía ingresada indebidamente.
  • Finalmente, lo más probable, al menos hasta que el legislador modifique la normativa, parece ser la imposibilidad por parte de los Ayuntamientos de liquidar las plusvalías referidas a transmisiones realizadas a partir de la publicación de la sentencia.

Quedamos así a la espera de la publicación por parte del TC de su sentencia para conocer las vías de actuación que finalmente se abran.

Por último, el Ministerio de Hacienda ha anunciado ya que está ultimando un borrador legal «que garantizará la constitucionalidad del tributo, ofrecerá seguridad jurídica a los contribuyentes y certidumbre a los ayuntamientos “, lo que esperamos que se efectúe lo más pronto posible

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