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Legalización de Libros Oficiales

Como todos los años, las sociedades han de proceder a la legalización de los libros oficiales de contabilidad. Aquellas empresas con cierre de ejercicio el 31 de diciembre, la fecha límite de presentación será el 30 de abril próximo.

Los libros que con carácter obligatorio deben legalizarse son:

  1. LIBRO DIARIO
  2. LIBRO INVENTARIO Y CUENTAS ANUALES que contendrán los siguientes datos:

– Balances mensuales o trimestrales de comprobación.

– Balance de situación de final de ejercicio.

– Cuenta de Pérdidas y Ganancias.

– Estado de cambios en el patrimonio neto.

– Inventario de cierre de ejercicio (cuando proceda).

– Memoria.

En su caso se debe incluir el libro el estado de flujos de efectivo.

Elaboración de los libros en formato telemático:

Para la presentación telemática de los libros contables, se tendrá que utilizar el programa de ayuda confeccionado por los Registros Mercantiles (Legalia), disponible en www.registradores.org (oficina virtual – apartado descargas), el cual nos generará en soporte telemático los ficheros que contendrán los datos de los libros. La mayoría de los programas de contabilidad actuales, están preparados para traspasar los datos de la contabilidad fácilmente al programa “Legalia”.

Una vez elaborados los libros oficiales, se legalizarán mediante envío telemático. Puede utilizarse para la remisión telemática de los libros oficiales, cualquier firma digital de las autorizadas (entre ellas la FNMT), no siendo necesaria la realización de trámite alguno presencial en el Registro puesto que los ficheros se transmiten por internet, ni personarse en las oficinas del Registro Mercantil. Para ello deberá acceder  a: www.registradores.org, “Presentación telemática de documentos”, “Acceso con certificado”, “Presentar libros”.

Deben tener en cuenta que para abonarse a los servicios telemáticos del Colegio de Registradores, deben registrarse, al menos, con 6 horas de antelación.

Tenemos a su disposición, para el caso de estar interesados, remitírselas por e-mail, las siguientes guías:

– Manual de uso Legalia

– Manual de ayuda presentación telemática de libros.

– Manual de ayuda de envío de lotes de libros.

Este despacho, al igual que en años anteriores, prestará un servicio para la realización de los trámites relativos a la presentación telemática en el Registro Mercantil de Alicante de los libros oficiales de contabilidad para legalizar. El costo de este servicio, en el que no se incluyen las tasas de legalización, oscila entre los 125 € y los 155 € por empresa, dependiendo del volumen de libros a legalizar.

En caso de estar interesados en la utilización de este servicio, les rogamos que se pongan en contacto con nosotros, teniendo en cuenta que deben estar a nuestra disposición (ficheros con formato PDF) antes del próximo día 24 de abril.

Por otra parte, no queremos dejar de recordarles que las sociedades deben llevar también sus libros de actas, en el que constarán todos los acuerdos tomados por las juntas generales de socios, y los de los demás órganos colegiados de la sociedad. Asimismo, las compañías también deberán llevar actualizado el libro de socios (en las SL.) o de acciones nominativas (en las SA. con acciones de este tipo).

Como ya les informamos anteriormente, la Ley de Emprendedores también prevé la presentación telemática de los libros de actas y socios. Esto no significa que los libros de actas físicos que actualmente llevan las sociedades deban desecharse, sino que podrán seguirse cumplimentando hasta utilizar todas sus hojas. No obstante, también pueden inutilizarse estos libros físicos y pasarse a la presentación telemática de las actas y libros de socios, que puede resultar más práctico. La primera presentación telemática de libros de actas y socios, tendrá lugar entre los meses de enero y abril de 2.015. Si tiene interés en cambiar el actual formato en papel de sus libros al formato digital, de cara a un mantenimiento actualizado del mismo y su correspondiente presentación en el Registro Mercantil, les sugerimos que contacten con nosotros a fin de comenzar cuanto antes el seguimiento de sus sociedades.

Si, por el contrario, prefieren mantener los libros de actas y socios hasta su que se completen, también les proponemos que contacten con nosotros para prestarles el servicio de llevanza actualizada de los mismos.

Para cualquier aclaración al respecto, como siempre, estamos a su entera disposición.

5-Legalizacion libros oficiales

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