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Modificación pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades

El pasado viernes 30 de septiembre fue aprobado y publicado en el B.O.E. el Real Decreto-Ley 2/2016, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público.

El Real Decreto-Ley restablece la figura de un tipo mínimo en el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (IS, en lo sucesivo), adelantando así el pago del Impuesto.

Para los contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios en los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo, sea al menos 10 millones de euros, se modifica el porcentaje a que se refiere el art. 40.3 de la Ley del IS, que resultará de multiplicar por diecinueve veinteavos el tipo de gravamen redondeado por exceso. Esto supone un tipo de pago a cuenta del 24% para las entidades a las que sea de aplicación el tipo impositivo del 25% en el IS.

Asimismo, la cantidad a ingresar no podrá ser inferior, en ningún caso, al 23% del resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio, minorado exclusivamente en los pagos fraccionados realizados con anterioridad, correspondientes al mismo período impositivo.

Con la entrada en vigor de RDL 2/2016 (con efectos para el 2P 2016 a presentar hasta el 20 de Octubre de 2016):

En Elche a 3 de Octubre de 2016

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