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Notificaciones electrónicas de la AEAT y solicitud días sin notificaciones

A)    Notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria en Dirección Electrónica Habilitada DEH

Las entidades que han sido incluidas en DEH serán notificadas únicamente por medios electrónicos.

  • Acceso al buzón electrónico

Es muy importante acceder, como mínimo, UNA VEZ POR SEMANA al buzón de notificaciones de la DEH.

Pasos a seguir para visualizar las notificaciones de la AEAT:

1 – Acceder a www.aeat.es

2 – Sede Electrónica

3 – Mis notificaciones

Dos vías de entrada

4 – Notificaciones electrónicas mediante puesta a disposición en Dirección Electrónica Habilitada

4 – Notificaciones electrónicas mediante comparecencia en sede y otras consultas de notificaciones

5 – Entrar al buzón

5 – Elegir la firma digital

6 – Elegir la firma digital

6 – Notificaciones electrónicas mediante comparecencia en sede

7 – Aparecerá el buzón electrónico

7 – Consultar notificaciones

8 – Pestañas notificaciones/comunicaciones

 

  • Consecuencias de no consultar el buzón electrónico:

Si transcurren diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación en su buzón electrónico sin que se haya accedido a su contenido se entenderá que la notificación ha sido rechazada y comenzarán a contar los plazos para poder atenderla.

Ello puede suponer, por ejemplo, que una notificación de una liquidación puede devenir firme si transcurren los plazos para presentar alegaciones o interponer recurso o reclamación, no pudiendo ser objeto de recurso, aun existiendo errores en la liquidación.

Adicionalmente, la no atención de las notificaciones puede conllevar la imposición de sanciones y, en caso de liquidaciones con carta de pago, además, intereses de demora y/o recargos.

La notificación no recibida o atendida se podrá visualizar siguiendo los siguientes pasos:

  1. Acceder a www.aeat.es
  2. Sede Electrónica
  3. Mis notificaciones
  4. Notificaciones electrónicas mediante comparecencia en sede y otras consultas de notificaciones
  5. Elegir la firma digital
  6. Consulta de notificaciones consideradas notificadas

 

B)    Días sin notificaciones electrónicas

Con respecto al sistema de notificaciones electrónicas de la Administración Tributaria, y ante la proximidad de las vacaciones navideñas, recordarles que si no desean ser notificados en determinados días, deben indicarlo a través de la sede electrónica de la AEAT, como detallamos a continuación:

  1. Acceder a www.aeat.es
  2. Bajo el menú “Acceda directamente” encontramos “Notificaciones electrónicas”
  3. Acceder a “Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada

 

Los días en los que no se pondrán a disposición notificaciones electrónicas se deberán solicitar con una antelación mínima de 7 días naturales al primer día en que vaya a surtir efecto.

Si considera necesario cualquier aclaración adicional, por favor, no dude ponerse en contacto con nosotros.

26 – Notificaciones electronicas y dias de cortesia

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