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Novedades en Materia Laboral y de Seguridad Social para las personas trabajadoras al servicio del Hogar Familiar

El Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar  permitirá a las mismas cotizar por la prestación de desempleo y extenderá derechos que hasta ahora no tenían cobertura en este régimen especial.

Pasamos a resumirle lo más destacado de la norma:

Las  personas trabajadoras al servicio del hogar familiar,  desde el próximo día 1 de octubre de 2022, podrán empezar a cotizar por la prestación de desempleo.

Igualmente el día  1 de octubre de 2022,  serán de aplicación  los beneficios en la cotización para los empleadores/as que tengan contratado un trabajador al servicio del hogar,  este beneficio consiste en  una reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social.

Con la nueva normativa pasa a ser  obligatorio cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa)  también a partir del 1 de octubre.  Se prevé una  bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización  por estas contingencias.

Se incorpora  el derecho de información a este colectivo y  de formalidad de contratos por escrito y otras medidas relativas a la formación,  igualmente se  les hacen extensivas las medidas en materia de prevención de riesgos laborales.

Se prevé cobertura en el ámbito de la garantía salarial a las personas trabajadoras  del hogar familiar ante insolvencia o concurso de los empleadores/as.

Se establece que los empleadores, independientemente del número de horas prestadas  por los empleados del hogar, serán siempre los  sujetos obligados en materia de cotización y afiliación a la seguridad social.

La nueva norma también elimina la figura del desistimiento,  desapareciendo  de nuestro ordenamiento jurídico el motivo de extinción del contrato por desistimiento del empleador, otorgando  a este colectivo de trabajadores esta nueva regulación,  la protección ordinaria de los despidos.

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