Novedades y Noticias

Recordatorio principales autoliquidaciones y declaraciones informativas a presentar (4t 2019)

Hasta el 20 de enero 2020 (domiciliación del pago hasta el 15 de enero)

Modelos Descripción

  • 111          IRPF retenciones (*)
  • 115          IRPF retenciones del arrendamiento de inmuebles (*)
  • 123          Rendimientos del capital mobiliario (*)
  • 216          Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF No residentes (*)

  (*) Presentación trimestral o mensual en función de las obligaciones fiscales de cada entidad.

Hasta el 30 de enero 2020 (domiciliación del pago hasta el 25 de enero)

Modelos Descripción

  • 130          Pago fraccionado empresarios y profesionales en E.D. declaración trimestral –
  • 303          IVA (*) 
  • 322/353   IVA mensual grupo de entidades
  • 349           Resumen operaciones con la UE (*) (Ver nota 1. Novedades)
  • 390           Resumen anual IVA

(*) Presentación trimestral, mensual o anual en función de las obligaciones fiscales de cada entidad.

Hasta el 31 de enero 2020

Modelos Descripción

  • 179          Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos (Ver nota 1. Novedades)
  • 180          Resumen anual IRPF del arrendamiento de inmuebles 
  • 182           Declaración anual de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas  
  • 184          Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas  (Ver nota 1. Novedades)
  • 190          Resumen anual IRPF retenciones (1)
  • 193          Resumen anual IRPF rendimientos capital mobiliario
  • 296          Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta para No Residentes

(1) En el resumen anual modelo 190 de retenciones deben relacionarse también las cantidades satisfechas exentas de retención, tales como indemnizaciones, dietas y asignaciones para gastos de viaje, entre otras.


Nota 1. Novedades declaraciones informativas

1.- Validación de los NIF en los registros detalle.

Durante la presentación a la AEAT de las declaraciones informativas, se realiza la validación de la información que se transmite, no admitiendo registros con errores (de identificación o de validación). Por tanto, es muy importante comprobar que los datos identificativos incluidos en las declaraciones informativas se encuentren debidamente identificados en la base de datos de la AEAT. A estos efectos, la página web de la AEAT ofrece un servicio de comprobación de NIF de terceros a efectos censales. El trámite requiere identificación mediante certificado electrónico o DNIe por lo que debe asegurarse de usar un navegador en el que tenga instalada su firma digital al efectuar la consulta.

2.- En 2019 se suprime la posibilidad de presentación por mensaje SMS de los modelos 190, 347 y 390.

MODELO 184. DECLARACIÓN INFORMATIVA. ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS. DECLARACIÓN ANUAL.

Se modifica el modelo 184 en lo relativo a la información de la entidad (no se modifica la información relativa a los socios, comuneros o partícipes):

1.- Modificaciones relativas a rendimientos de actividades económicas: se ha incluido un desglose de gastos para las actividades económicas en estimación directa normal y simplificada, relativo a:

  • Gastos de personal
  • Consumos de explotación
  • Tributos fiscalmente deducibles
  • Arrendamientos y cánones
  • Reparaciones y conservación
  • Servicios de profesionales independientes
  • Suministros
  • Gastos financieros
  • Amortizaciones
  • Provisiones
  • Otros gastos fiscalmente deducibles

2.- Modificaciones relativas a rendimientos de capital inmobiliario: se establece un desglose de los gastos deducibles de la entidad, con el siguiente detalle:

  • Intereses y demás gastos de financiación
  • Conservación y reparación
  • Intereses/gastos de financiación pendientes (4 ejercicios anteriores)
  • Tributos y recargos
  • Saldos de dudoso cobro
  • Cantidades devengadas por terceros
  • Primas de seguros
  • Amortización del inmueble
  • Amortización de bienes muebles
  • Otros gastos deducibles
  • También se crea un nuevo campo para informar del número de días de arrendamiento o de cesión de uso y disfrute del inmueble de que se trate.

MODELO 349

1.- Se suprime la presentación ANUAL (última presentación anual en enero de 2020 respecto al ejercicio 2019).

 2.- Se incluyen nuevas claves para informar del envío de los bienes en el marco de un acuerdo de ventas de bienes en consigna a otro Estado miembro:

  • R: Transferencias de bienes efectuadas en el marco de un acuerdo de ventas de bienes en consigna.
  • D: Devoluciones de bienes desde otro Estado miembro al que previamente fueros enviados desde el TAI en el marco de un acuerdo de ventas de bienes en consigna.
  • C: Sustituciones del destinatario de los bienes expedidos o transportados a otro Estado miembro en el marco de un acuerdo de ventas de bienes en consigna.

Cuando se produzca la transmisión del poder de disposición, se declarará una entrega intracomunitaria de bienes.

3.- Con respecto al comercio intracomunitario, os recordamos la importancia de verificar en el VIES que nuestro cliente o proveedor nos ha proporcionado un número de operador intracomunitario válido, antes de realizar cualquier operación.

MODELO 390

Están exonerados de presentar el modelo 390, aquellos sujetos pasivos que aplicaron el SII.

Además, os recordamos que están exonerados de la presentación del resumen anual del IVA modelo 390, los sujetos pasivos que realicen exclusivamente las siguientes actividades:

  • Actividades que tributen en régimen simplificado del IVA, y/o
  • Actividad de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.

La exoneración no tiene carácter opcional, de modo que se deberá cumplimentar OBLIGATORIAMENTE el apartado específico reservado en la autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al último periodo de liquidación del ejercicio.

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