Novedades y Noticias
- CALENDARIO DE LAS PRINCIPALES AUTOLIQUIDACIONES Y DECLARACIONES INFORMATIVAS A PRESENTAR
Hasta el 20 de enero 2023 (domiciliación del pago hasta el 15 de enero)
Modelo Descripción
111 IRPF retenciones (*)
115 IRPF retenciones del arrendamiento de inmuebles (*)
123 Rendimientos del capital mobiliario (*)
216 Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF No residentes (*)
(*) Presentación trimestral o mensual en función de las obligaciones fiscales de cada entidad.
Hasta el 30 de enero 2023 (domiciliación del pago hasta el 25 de enero)
Modelo Descripción
130 Pago fraccionado empresarios y profesionales en E.D. – declaración trimestral –
303 IVA (*)
322/353IVA mensual grupo de entidades
349 Resumen operaciones con la UE (*)
390 Resumen anual IVA
(*) Presentación trimestral, mensual o anual en función de las obligaciones fiscales de cada entidad.
Hasta el 31 de enero 2023
Modelo Descripción
179 Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos
180 Resumen anual IRPF del arrendamiento de inmuebles
182 Declaración anual de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas
184 Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas
190 Resumen anual IRPF retenciones
193 Resumen anual IRPF rendimientos capital mobiliario
233 Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados
296 Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta para No Residentes
369 Declaración del 4º trimestre de 2022 para aquellas entidades que realicen ventas a distancia (UE) a personas que no tengan la condición de sujeto pasivo
(*) Presentación trimestral, mensual o anual en función de las obligaciones fiscales de cada entidad.
1) En el resumen anual modelo 190 de retenciones deben relacionarse también las cantidades satisfechas exentas de retención, tales como indemnizaciones, dietas y asignaciones para gastos de viaje, entre otras.
2) Si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente, excepto para el modelo 369.
- CUMPLIMENTACIÓN DE LOS MODELOS, NOVEDADES Y AVISOS
Declaraciones informativas:
Cuestiones generales
Validación de los NIF en los registros detalle
Durante la presentación a la AEAT de las declaraciones informativas, se realiza la validación de la información que se transmite, no admitiendo registros con errores (de identificación o de validación). Por tanto, es muy importante comprobar que los datos identificativos incluidos en las declaraciones informativas se encuentren debidamente identificados en la base de datos de la AEAT. A estos efectos, la página web de la AEAT ofrece un servicio de comprobación de NIF de terceros a efectos censales. El trámite requiere identificación mediante certificado electrónico o DNIe por lo que debe asegurarse de usar un navegador en el que tenga instalada su firma digital al efectuar la consulta.
Comprobación de un NIF de terceros a efectos censales (agenciatributaria.gob.es)
Modelo 182
Se recuerda que corresponde incluir en la declaración modelo 182 EXCLUSIVAMENTE los donativos que cumplan los requisitos legales para ser considerados como tales, es decir, únicamente aquellos que sean de carácter voluntario y NO supongan una contraprestación por un bien o servicio recibido.
El campo “Recurrencia donativos”: Se entiende por recurrencia que las donaciones realizadas a la misma entidad en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores hayan sido por cuantía igual o superior a la del ejercicio precedente.
Modelo 184
Se crea un nuevo campo “Número de días de arrendamiento o cesión de uso y disfrute del inmueble”
Modelo 190
Se realizan varias modificaciones técnicas en los diseños de registro del modelo 190, únicamente para los casos de “Prestación económica de la Seguridad Social correspondiente al Ingreso Mínimo Vital”, relacionadas con la actual clave L.29:
Se añade el campo “TITULAR DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA” que ocupa la posición 169 del registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del M.190.
Se añade también la identificación del titular de la unidad de convivencia, incluyendo dicha información en el campo actual “NIF CONYUGE”, que ocupa las posiciones 158 a 166, que pasa a denominarse: “NIF DEL CÓNYUGE / NIF DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA”.
Se incluye MARCA para el complemento de la ayuda a la infancia, solo para el declarante de la clave y subclave L29, para identificar si se cobra o no, en algún mes del año, este complemento.
Modelo 390
Están exonerados de presentar el modelo 390, aquellos sujetos pasivos que aplicaron el SII.
Además, os recordamos que están exonerados de la presentación del resumen anual del IVA modelo 390, los sujetos pasivos que realicen exclusivamente las siguientes actividades:
a) Actividades que tributen en régimen simplificado del IVA, y/o
b) Actividad de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos. La exoneración no tiene carácter opcional, de modo que se deberá cumplimentar OBLIGATORIAMENTE el apartado específico reservado en la autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al último periodo de liquidación del ejercicio.