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El Real Decreto 145/2024 de 6 de febrero viene a establecer el nuevo salario mínimo interprofesional (SMI) para el año 2024. Este nuevo SMI tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.
A partir de dicha fecha, el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 1.134 euros/mes por catorce pagas, lo que corresponde a un SMI bruto anual de 15.876€/anuales, incluyendo dos pagas extraordinarias.
En el salario mínimo interprofesional se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero.
Para las personas trabajadoras eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, el SMI se fija en 53,71€ por jornada y para los empleados del hogar que trabajen por horas, en régimen externo, será de 8,87 € por hora efectiva de trabajo.