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Sociedades por un euro y otras novedades que se incluyen en la nueva LEY 18/2022

El pasado 29 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece).

A través de la modificación de diversos aspectos de, entre otras, Ley de Sociedades de Capital, esta Ley se erige con el objetivo de impulsar la creación y el crecimiento empresarial a través de la adopción de medidas para agilizar la constitución de empresas.

Por lo que se refiere a las distintas novedades que se recogen en esta nueva normativa, destacamos:

  • Se modifica la cuantía de capital mínimo para la constitución de sociedades (SL), pasando de 3.000€ a 1€. Ahora bien, establece que hasta que no se alcance la cifra de 3.000€ de capital mínimo:
  • Deberá destinarse a la reserva legal una cifra al menos igual al 20 por ciento del beneficio.
  • En caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito.
  • Se establece la obligatoriedad de utilizar la factura electrónica en todas las relaciones económicas entre empresarios y profesionales. El objetivo esencial de esta iniciativa legislativa es la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales realizadas entre empresarios. De este modo, el legislador busca a través del uso de la factura electrónica tener un conocimiento exacto de los momentos de emisión de la factura, así como de cuándo se ha producido efectivamente su pago.
  • Se impulsa de forma decidida la utilización del sistema de tramitación telemática Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) y el Documento Único Electrónico (DUE). Se establece la obligación, para los notarios y los intermediarios que asesoren y participen en la creación de las sociedades de responsabilidad limitada, de informar a los fundadores de las ventajas de emplear los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), para su constitución y la realización de otros trámites ligados al inicio de su actividad.

La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación. A excepción de:

  • Capítulo V (Régimen jurídico de las plataformas de financiación participativa). Entrará en vigor a partir del 10 de noviembre de 2022.
  • Y el artículo 12, relativo a la facturación electrónica entre empresarios y profesionales. producirá efectos, para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros, al año de aprobarse el desarrollo reglamentario. Para el resto de los empresarios y profesionales, este artículo producirá efectos a los dos años de aprobarse el desarrollo reglamentario.

Para cualquier duda estamos a su disposición. 

GESEM SERVICIOS JURÍDICOS Y ECONÓMICOS, SLP 

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