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Está previsto que por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), se proceda a la unificación de cuentas de cotización con la finalidad de que las empresas sólo tengan que disponer de un código de cuenta de cotización único, con independencia de que algunos trabajadores estén excluidos de cotizar por alguna prestación o contingencia, o de que tengan que cotizar mediante bases de cotización o cuotas fijas.
No obstante, esta unificación no resultará de aplicación, hasta que así se establezca de forma expresa por la TGSS:
- En aquellos supuestos en los que algún código de cuenta de cotización de la empresa en una provincia sean de Régimen o Sistema Especial, distinto a los del resto de códigos.
- Se trate de códigos de cuenta de cotización donde causen alta trabajadores a los que resulten de aplicación unos tipos de cotización para accidentes de trabajo distintos a los de la actividad principal de la empresa, por tratarse de otra actividad distinta.
- Se trate de códigos de cuenta de cotización del Régimen Especial del Mar, si cada uno de ellos es de un grupo de cotización distinto o figuran vinculados a embarcaciones distintas.
- Cotización adicional de bomberos y ertzainas.
- En general, alguno de los códigos de cuenta que identifique cualquier otra condición en materia de comunicación de altas o bajas, de autorizaciones para la deducción diferida de las compensaciones por pago delegado de incapacidad temporal, o de procedimientos de liquidación de cuotas específicos.
Asimismo, esta unificación de códigos, tampoco resultará de aplicación en este momento, en aquellos supuestos en el que el código de cuenta haya sido asignado para la identificación de trabajadores con diversas relaciones laborales simultáneas con el mismo empresario y con distintas condiciones de cotización.
A tener en cuenta: Será la propia Dirección Provincial de la TGSS la que se ponga en contacto con los autorizados RED para comunicarles las unificaciones que tengan que realizar, así como las fechas en que dicha unificación deba realizarse.
Estas modificaciones según informa la TGSS en su boletín de “Noticias Red 2/2018” no están previstas que se realicen con anterioridad al próximo 1 de octubre de 2018.
Las novedades que se publiquen sobre este asunto, les serán informadas a la mayor brevedad posible.
Para cualquier duda o aclaración al respecto, quedamos a su disposición.